Actualizado el 4 de junio de 2026
El 1 de julio de 2026 cae una excepción que llevaba en pie desde 2009. Los envíos de menos de 150 € procedentes de fuera de la UE dejarán de estar exentos del arancel de importación. La AEAT acaba de publicar los documentos del seminario explicativo del 21 de mayo, y el calendario aprieta: quien venda en marketplaces y dependa de proveedores en China, Reino Unido o Estados Unidos tiene apenas seis semanas para ajustar costes, sistemas y precios.
Si tu modelo descansa sobre importaciones de bajo valor —dropshipping, sampling, FBA con fabricantes asiáticos— este cambio te toca de lleno. No como un retoque. Como una pieza nueva en el coste por unidad que, hasta ahora, no estaba ahí.
El Reglamento (UE) 2026/382, publicado en el DOUE el 18 de febrero, suprime el capítulo V del título II del antiguo Reglamento 1186/2009. Esa norma exoneraba de derechos de importación a las mercancías cuyo valor intrínseco no superase los 150 €. El nuevo texto no la matiza ni la rebaja: la elimina.
En los más de 400 sellers de Amazon y Shopify que gestionamos en Datali, el 62 % importa de fuera de la UE de forma recurrente. De ellos, casi 7 de cada 10 mueven envíos individuales por debajo de los 150 €. Aplicando el nuevo derecho fijo a su histórico de los últimos 12 meses, el coste anual extra medio asciende a 4.870 € por cliente —sin contar la subida de gestión documental que se le viene encima al asesor.
Bruselas vende el cambio como respuesta a tres problemas que llevaban años creciendo. Uno: la infravaloración sistemática de paquetes pequeños desde Asia, declarados muy por debajo de su valor real para esquivar IVA y aranceles. Dos: la presión competitiva sobre el comercio europeo, que sí soportaba esos costes. Y tres: una recaudación perdida que las estimaciones de la Comisión sitúan en miles de millones anuales solo en envíos B2C de bajo valor.
La medida también responde a una realidad geopolítica que la UE ya no esconde. Plataformas como Temu o Shein —que mueven millones de paquetes mensuales por debajo de los 150 €— concentraban el grueso de la franquicia. La nueva norma cierra esa puerta sin nombrarla.
El cambio no se aplica de golpe. Mientras la UE termina de montar una infraestructura informática centralizada para gestionar millones de despachos pequeños, habrá un régimen transitorio. Del 1 de julio de 2026 al 1 de julio de 2028, los envíos con valor intrínseco igual o inferior a 150 € pagarán un derecho fijo de 3 € por artículo.
Ese derecho fijo se activa en dos escenarios:
Fuera de esos casos —importaciones comerciales puras, envíos urgentes no postales, mercancías sujetas a IVA en aduana— se aplica el arancel común según la clasificación TARIC del producto. Si pensabas que el régimen transitorio era una salvaguarda generalizada, no lo es. Es una excepción acotada al canal IOSS-postal.
El golpe lo sienten, antes que nadie, los sellers de Amazon que importan stock desde Alibaba o factories chinas. Una compra recurrente de 200 unidades a 5 € cada una —antes con arancel cero— pasa a tributar 600 € en derechos solo por el cargamento. En un producto que vendes a 19,90 €, son 3 € que salen directos del margen. La matemática es sencilla: si trabajas con un 15 % de margen neto, ese arancel se come uno de cada cinco puntos de rentabilidad.
Los dropshippers que tiran de AliExpress o equivalentes asumirán el coste por envío individual. Aquí no hay economías de escala posibles: cada pedido es un artículo, y cada artículo son 3 € adicionales. Para tickets medios bajos —productos de 8-15 €— el modelo deja de funcionar tal como está montado.
Y luego están los importadores ocasionales: pymes que compran muestras, prototipos, repuestos sueltos. Todo lo que antes entraba “por debajo del radar” ahora tributa.
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Auditar la cadena de suministro. Cuánto de tu coste de producto viene de proveedores extracomunitarios y, dentro de esos, cuánto entra en envíos de valor unitario inferior a 150 €. Sin ese dato no puedes calcular el impacto real.
Confirmar tu estado en IOSS. Si vendes B2C a consumidores europeos y tu proveedor es de fuera de la UE, el régimen IOSS sigue siendo la vía más limpia. Si no estás dado de alta, habla con tu asesor fiscal esta semana.
Recalcular márgenes y precios. Antes de subir el PVP, mira qué te dicen los números reales. Los ratios financieros básicos te enseñan dónde estás absorbiendo coste sin notarlo y dónde necesitas pasarlo al cliente.
Avisar al equipo logístico y al asesor. Tu transitario debe estar preparado para el nuevo flujo de declaración, y tu gestor debe actualizar los registros contables para que el derecho fijo aparezca como coste de importación, no como gasto residual.
Más allá de los 3 €, este cambio es la prueba de que la UE ha decidido cerrar la importación de bajo valor sin trazabilidad. La franquicia de 150 € era una de las últimas ventanas por las que entraban toneladas de mercancía sin control efectivo, y se ha cerrado. Quien venda online y dependa de proveedores asiáticos debe asumir que el coste por unidad sube, mínimo, en 3 euros desde julio. La administración no va a parar ahí: la trazabilidad, el control fiscal y el reporting van a seguir endureciéndose en los próximos años.
Si te dedicas a esto, no es momento de esperar a ver qué pasa. Es momento de hacer cuentas.
Sí. Reino Unido es país tercero desde el Brexit, así que cualquier envío desde Inglaterra, Escocia, Gales o Irlanda del Norte por valor ≤150 € entra en el nuevo régimen. La excepción es Irlanda del Norte para mercancías específicas bajo el Protocolo, pero la regla general es: si sale de UK con destino UE, aplica el derecho fijo de 3 €.
El Reglamento 2026/382 regula importaciones a la UE, no exportaciones. Si vendes desde España a Estados Unidos, Reino Unido o Asia, tu operativa no cambia con esta norma —aunque sí debes seguir cumpliendo las exigencias aduaneras del país de destino. Lo que se complica es el flujo inverso: cuando un cliente devuelve mercancía y tú la reimportas a la UE, ahí sí aplica.
Se suma. El derecho de 3 € es arancelario; el IVA es independiente. Dentro del régimen IOSS, el IVA se autoliquida en el país de destino por el vendedor, así que en frontera no hay retención de IVA pero sí el derecho fijo de 3 €. Fuera de IOSS, pagas IVA en aduana más el arancel TARIC correspondiente al código del producto.
Puedes, pero el modelo necesita números nuevos. Cada envío individual desde China a tu cliente final en la UE generará 3 € de arancel. Sobre productos de menos de 15 €, el margen desaparece o se vuelve negativo si no repercutes el coste. Las alternativas pasan por consolidar pedidos en almacenes europeos, subir precios o cambiar de proveedor a uno intracomunitario.
Desde el primer DUA de importación del 1 de julio. El derecho fijo de 3 € debe registrarse como coste de la mercancía (no como gasto general), porque forma parte del valor en aduana y, por tanto, del coste de adquisición a efectos contables y fiscales. Si lo asientas mal, distorsionas el margen bruto y, con él, el cálculo del Impuesto sobre Sociedades.
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Carlos Martínez cuenta con más de 10 años de experiencia emprendedora desarrollando soluciones exclusivas para marcas y fabricantes, situando la Inteligencia Artificial Agéntica en el centro de su propuesta de valor. Su ecosistema integral para escalar negocios globales se completa con firmas como Epinium, Roicos, Datali Group y Accountali, y fomenta activamente la comunidad del sector organizando el evento FBAshow, compartiendo conocimiento en el Retail Forward Podcast, así como en sus redes sociales donde suma más de 30.000 seguidores.
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