Recargo de equivalencia, régimen especial de IVA - Datali Group

Muchos vendedores en Amazon u otros marketplaces o a través de sus propios e-commerce, forman parte del sector del comercio minorista, por lo que algunos de ellos pueden acogerse a este régimen especial llamado recargo de equivalencia. Esto supone, en pocas palabras, que van a pagar un IVA más elevado de lo normal a cambio de no tener la obligación de presentar declaraciones de IVA a Hacienda.

En este artículo vamos a intentar explicar en qué consiste y valoraremos algunas de las ventajas más destacadas, pero también algunos puntos a tener en cuenta.

Para empezar… ¿Qué es el recargo de equivalencia?

Pues en pocas palabras, se trata de un régimen especial que afecta directamente a los comerciantes minoristas ya sean autónomos, sociedades limitadas o comunidades de bienes, que venden productos al consumidor final y siempre y cuando no transforme el producto. 

Es decir, los comerciantes minoristas tienen que vender el producto tal y como lo ha comprado a su proveedor. Además, con tal de estar en recargo de equivalencia hace falta definirlo en el alta en Hacienda. Y esto implica un modo muy concreto de llevar la contabilidad del negocio. 

¿Para qué sirve el recargo de equivalencia?

Principalmente para que los comerciantes minoristas paguen el IVA directamente a sus respectivos proveedores. De este modo no tendrán que presentar estas declaraciones a Hacienda. Además, y respecto a la contabilidad, el proveedor del producto será el encargado de incluir este recargo en la factura, diferenciando los tipos de IVA, el soportado y repercutido en sus declaraciones.

¿Qué tipos de recargo de equivalencia hay?

En este sentido, los proveedores repercuten al comerciante minorista en la factura el IVA que corresponda más el recargo de equivalencia de forma separada y en los siguientes tipos:

  • Artículos al tipo general del 21%: recargo del 5,2%
  • Artículos al tipo reducido del 10%: recargo del 1,4%
  • Artículos al tipo superreducido del 4%: recargo del 0,5%
  • Para el tabaco: recargo de un 1,75%

A partir de aquí, cabe destacar que el hecho de estar en recargo de equivalencia implica algunas ventajas. No obstante, hay otros detalles a tener en cuenta.

Ventajas y desventajas de este régimen especial de IVA

Ventajas

  • Se elimina gran parte del trabajo administrativo y contable.
  • No hay que presentar declaraciones de IVA, ni de los trimestrales ni de los anuales.
  • Tampoco hace falta llevar los libros de registro de estos.
  • El IVA que ingreses te lo quedas, no hace falta liquidarlo a Hacienda.

Desventajas

  • No puedes deducirte el IVA
  • El IVA soportado tampoco se recupera, por lo que los productos que compres a tu proveedor serán “más caros”

Si tienes alguna pregunta o estás pensando en empezar a vender en recargo de equivalencia, no dudes en contactar con un especialista en la materia para que pueda asesorarte. En Datali Group somos expertos en vendedores en Amazon, Marketplaces y e-commerce, por lo que estaremos encantados de atenderte y ayudarte en todo lo que nos sea posible.

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